El gerente es particularmente responsable por :
1.- La existencia, regularidad y veracidad de los sistemas de contabilidad, los libros que la ley ordena llevar a la sociedad y todo libro y registro que debe llevar un ordenado comerciante
2.- El establecimiento y mantenimiento de una estructura de control interno diseñada para proveer seguridad razonable que los activos de la sociedad estén protegidos contra uso no autorizado y que todas las operaciones son efectuadas de acuerdo con autorizaciones establecidas y son registradas apropiadamente
3.- La veracidad de las informaciones que proporcionen al Directorio y a la Junta General
4.- El ocultamiento de las irregularidades que observe en las actividades de la sociedad
5.- La conservación de los fondos sociales a nombre de la sociedad
6.- El empleo de los recursos sociales en negocios distintos del objeto de la sociedad
7.- La veracidad de las constancias y certificaciones que expida respecto del contenido de los libros y registros de la sociedad
8.- Dar cumplimiento en la forma y oportunidades que señala la ley a lo dispuesto en los artículos 130 y 224. (Es decir se refiere a la información que el gerente debe a los accionistas)
9.- El cumplimiento de la ley, el estatuto y los acuerdos de la junta general y del directorio.
Asi mismo consideramos importante referirnos a la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL GERETNE CON LOS DIRECTORES. El artículo 191 que transcribimos a continuación regula lo siguiente:
“El gerente es responsable, solidariamente con los miembros del directorio, cuando participen en actos que den lugar a responsabilidad de éstos o cuando conociendo la existencia de estos actos, no informe sobre ello al Directorio o a la Junta Genera”.l
En cuanto a las pretensiones civiles contra el gerente deudor de actos de responsabilidad, la ley claramente regula que dichas pretensiones no enervan RESPONSABILIDAD PENAL que pueda corresponderle. El plazo de caducidad de la responsabilidad civil del gerente, caduca a los 2 años del acto realizado u omitido por éste, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.
Las atribuciones del gerente las encontramos en el estatuto de la empresa, al ser nombrado o por acto posterior; y es de suma importancia no sólo para los accionistas de las empresas el otorgarlas, sino de quienes aceptan tal confianza conocerlas, practicarlas con suma responsabilidad. |